El régimen Pro Pyme es el régimen tributario estándar de las startups y pymes chilenas, creado en la letra D del artículo 14 de la Ley de la Renta, por eso también se le dice 14D. Califica la empresa cuyo promedio de ingresos no supera las UF 75.000 en los últimos 3 ejercicios y que, si recién inicia actividades, parte con un capital efectivo de hasta UF 85.000. Tiene dos variantes, General y Transparente, y hoy la variante General paga un impuesto de primera categoría rebajado de 12,5% por los años comerciales 2025 a 2027.

¿Quién califica y quién queda fuera?

La Circular 62 de 2020 del SII, que instruye el régimen, fija tres requisitos.

  • Ingresos. El promedio anual de ingresos brutos del giro no puede exceder las UF 75.000 en los últimos 3 ejercicios, y ningún año de ese cálculo puede superar por sí solo las UF 85.000. Es un techo alto, la gran mayoría de las startups chilenas opera muy por debajo durante años.
  • Capital inicial. Si la empresa inicia actividades, su capital efectivo de partida no puede exceder las UF 85.000. Cuenta el activo que representa inversión real, no los valores intangibles o nominales.
  • Tipo de ingresos. Las rentas no activas, como arriendos de inmuebles o utilidades por participar en otras sociedades, no pueden pasar del 35% de los ingresos del giro. Una sociedad de inversiones no cabe en Pro Pyme aunque facture poco.

Quedar fuera no es un castigo, es un cambio de tamaño. Una empresa que crece por sobre los límites pasa al régimen general del artículo 14 A, con contabilidad completa y tasa mayor.

General y Transparente, la decisión que viene después

Dentro del 14D conviven dos variantes y la diferencia está en quién paga el impuesto a la renta. En la General (14D número 3) tributa la empresa, y los dueños pagan su impuesto personal solo cuando retiran utilidades. En la Transparente (14D número 8) la empresa no paga impuesto de primera categoría, el resultado se atribuye completo a los dueños cada año y ellos tributan con su global complementario, retiren o no.

La elección depende de si los fundadores viven de la empresa o reinvierten todo, y la desarrollo con números en la nota sobre Pro Pyme General o Transparente. Lo relevante aquí es que la puerta de entrada es la misma, primero calificas al 14D, después eliges la variante.

¿Cuánto impuesto paga una Pro Pyme?

La empresa en Pro Pyme General paga hoy una tasa de primera categoría de 12,5% sobre su renta líquida, rebaja transitoria de la Ley 21.755 para los años comerciales 2025, 2026 y 2027, que el SII ya instruyó como vigente para todo el período (Circular 53 de 2025). En 2028 la tasa sube a 15% y desde 2029 vuelve al 25% permanente del régimen. Como referencia, el régimen general tributa al 27%.

En la Transparente la empresa no paga primera categoría, pagan los dueños según su tramo personal, lo que suele convenir cuando los tramos son bajos.

A eso se suma el anticipo mensual. Toda Pro Pyme paga cada mes un pago provisional (PPM) sobre los ingresos dentro del formulario 29, de 0,125% hoy en la General y de 0,2% en la Transparente, que en abril se descuenta del impuesto anual. Si tu empresa tiene pérdidas, ese anticipo se devuelve, algo que explico en la nota sobre startups con pérdidas.

¿Cómo se entra, y cuándo se sale?

Para una empresa nueva que cumple los requisitos, la entrada es automática. Al iniciar actividades el SII la incorpora de pleno derecho al Pro Pyme General, sin aviso ni trámite. Optar por la variante Transparente sí es una decisión que se comunica al SII, y el plazo depende de tu situación. Una empresa que ya opera y quiere cambiarse de variante avisa entre el 1 de enero y el 30 de abril del año en que quiere que rija. Una que recién inicia actividades tiene plazo hasta el 30 de abril del año siguiente al inicio, así que si partiste en junio no perdiste el año, tu primer ejercicio alcanza a quedar cubierto.

La salida ocurre por incumplimiento de los requisitos, típicamente por crecer. El efecto no es inmediato, la empresa abandona el régimen a contar del 1 de enero del año comercial siguiente al del incumplimiento, así que el cambio nunca te pilla a mitad de año, terminas el ejercicio en Pro Pyme y la transición rige desde el 1 de enero siguiente.

Para un fundador la consecuencia práctica es simple. Si tu startup es una SpA operativa que factura menos de UF 75.000 al año, con casi total seguridad estás en Pro Pyme, y las decisiones que importan son la variante y el uso de sus beneficios, no la calificación.

En Teclios llevo la contabilidad mensual de startups en régimen Pro Pyme 14D, así que este es el terreno donde opero todos los días.